La senadora Geovanna Bañuelos de la Torre, del Partido del Trabajo, presentó el 3 de febrero de 2026 una iniciativa de reforma a la Ley Federal de Protección al Consumidor para regular la reventa digital de boletos en espectáculos públicos. El proyecto, que se discute en el Senado, busca llenar un vacío legal que ha dejado a los consumidores expuestos a precios inflados, fraudes y falta de transparencia en plataformas en línea.

En la exposición de motivos (que puedes encontrar aquí), la legisladora detalla el crecimiento sostenido de la industria de espectáculos en México. Según datos del INEGI de los Censos Económicos 2013-2023 y la Cuenta Satélite de la Cultura, el valor agregado de promotores y empresas boleteras aumentó hasta 644% y 573%, respectivamente, en la última década. A pesar de la pandemia, el sector muestra una expansión clara en unidades económicas y producción, lo que ha impulsado la demanda de boletos y, con ella, la reventa digital.

El problema, explica Bañuelos, es que esta práctica se realiza hoy sin reglas federales claras. En la Ciudad de México está prohibida por la Ley de Cultura Cívica y la Ley de Espectáculos Públicos, con multas o arresto, pero solo aplica a la reventa física. A nivel federal, el Código Penal castiga la falsificación de boletos, pero nada regula la especulación en internet. Plataformas como las de reventa actúan solo como intermediarias y advierten en sus términos que no verifican la validez de los boletos, según alertas de la Profeco.

La senadora cita ejemplos concretos: boletos para Shakira en CDMX se ofrecían en reventa a 4,751 pesos contra 1,950 oficiales (143% más); el abono del GP de México subía 174%. Estos márgenes no pagan IVA, ISR ni impuestos locales, y dejan a los compradores sin protección ante cancelaciones o boletos falsos. “La reventa merma el derecho a la cultura”, argumenta, citando el artículo 27 de la Declaración Universal de Derechos Humanos.

El texto compara con regulaciones internacionales. En Estados Unidos, leyes como la TICKET Act y propuestas de la FTC exigen precios “todo incluido” y prohíben bots. En la Unión Europea, la Ley de Servicios Digitales obliga a las plataformas a verificar vendedores, publicar informes de transparencia y ser responsables si no aclaran que venden de terceros.La iniciativa propone un nuevo Capítulo VIII Ter en la LFPC, con ocho artículos que definen conceptos clave:

  • Espectáculo público: cualquier evento artístico, deportivo o cultural abierto al público con o sin pago.
  • Reventa digital: venta de boletos por un tercero distinto al organizador original, a través de plataformas.
  • Plataforma de intermediación: sitio o app con domicilio en México que facilita la reventa.
  • Revendedor digital: persona física o moral que ofrece boletos con fines de lucro.

Además, de acuerdo con la iniciativa obliga a un Registro Público en la Profeco, actualizado mensualmente, donde las plataformas deben inscribirse con datos fiscales, protocolos de verificación y compromisos de protección al consumidor. Solo las registradas podrán operar.

Las plataformas tendrán deberes concretos: verificar identidad de revendedores, confirmar autenticidad de cada boleto antes de publicarlo, informar si es venta primaria o reventa, desglosar el precio total (incluyendo comisiones y cargos) y ofrecer políticas claras de reembolso y quejas. Deben usar tecnología para evitar acaparamiento masivo y no vender boletos que nunca se emitieron en primaria.

El punto central es el tope de precio: la reventa no podrá superar el doble del valor nominal original (100% de sobreprecio). El revendedor fija ese precio; la plataforma solo cobra por su servicio. En caso de cancelación o boleto falso, la plataforma responde con reembolso completo, incluyendo sus cargos.

Las violaciones se consideran graves y se sancionan conforme al artículo 128 Bis de la LFPC. La Profeco podrá suspender o cancelar el registro de plataformas infractoras. La reforma incorpora, con ajustes, ideas de una iniciativa similar presentada en 2023 por el diputado Shamir Fernández, de Morena.

El decreto entraría en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. Bañuelos argumenta que, además de proteger al consumidor, la regulación permitiría cobrar impuestos locales por espectáculos y daría certeza jurídica a un mercado que ya trasciende fronteras.

Finalmente, la propuesta no prohíbe la reventa, sino que la ordena bajo reglas federales. Si se aprueba, abriría la puerta a ajustes estatales y fortalecería la supervisión de la Profeco en un sector que, según los datos oficiales, genera miles de millones de pesos al año. La iniciativa espera ahora dictamen en comisiones.

La redacción

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